miércoles, 23 de junio de 2010

tramites postparto

voy a ir contando mis tramites postparto, es decir, todos los papeleos que he hecho y los problemas que he ido encontrando en gestionar la documentación que he tenido que hacer después de tener mi segunda hija. Supongo que a alguien le podrá venir bien tenerla recopilada. En mi caso, mi hija nació en el hospital de La Paz en Madrid y la voy a inscribir en Colmenar Viejo, puede que algunos detalles puedan diferir en otras poblaciones o comunidades autónomas. Esto es de Junio del 2010 puede que las leyes, tramites y plazos puedan variar mas adelante.

Lo primero, en el hospital te dan el papel amarillo para la inscripción en el Registro Civil, pero si no lo vas a inscribir en la misma población donde ha nacido como es mi caso, hay que pedir en el hospital el papel blanco de "No inscripción". Como nuestra hija nació en viernes por la tarde y el alta nos la dieron en domingo, me tocó ir otro día a La Paz a por el papel blanco, la secretaría, que está en la planta 10, solo abre por la mañanas de lunes a viernes.

Requisito imprescindible para inscribir en una población distinta a la de nacimiento, es que los padres estén empadronados en esa población. Si en el DNI no aparece que la residencia es en esa población, os hará falta un certificado de empadronamiento de los padres. Si la madre no va a ir a hacerse el certificado de empadronamiento (oficinas del ayuntamiento o atención al ciudadano), al padre le van a pedir seguramente una autorización firmada.

Al registro hay que llevarse: documentos de identidad de los padres originales y fotocopia, justificante empadronamiento (que lo ponga el DNI o certificado de empadronamiento), hoja amarilla y hoja blanca del hospital, Libro de Familia (si lo tienes, es decir, si ya estás casado o ya tienes hijos). Además, al ser la población distinta a la de nacimiento, tiene que ir la madre (por lo menos en Colmenar es así). Si hubiera ido al registro de Pradillo (Madrid) no hubiera hecho falta la hoja blanca ni que viniera mi mujer. Aún llevando todo bien y sin que haya cola, os tocará estar allí un rato hasta que rellenéis las hojas de las estadísticas y os sellen el libro de familia. Para hacer esto tiene que haber pasado por lo menos 24 horas del nacimiento o máximo 8 días (30 días si hay causa justificada), pero mas te vale hacerlo ligero porque sin esto no lo das de alta en la seguridad social, no te dan tarjeta sanitaria y no te dan cita para la prueba del talón que hay que hacerla a los 7 o 10 días de haber nacido.

Al INSS te llevas el libro de familia ya actualizado en el registro, la tarjeta de la seguridad social del que vaya a poner al hijo con él, y el DNI, ah, si tienes ya hijos puestos a tu cargo en tu cartilla de la seguridad social tienes que llevar su tarjeta sanitaria para facilitarles la búsqueda. Allí rellenas unas hojitas, con la que te dan sellada te vas al centro de salud a pedir su tarjeta sanitaria y pedir cita para la prueba del talón y la revisión de los 15 días. Pide también cita para tu mujer, el médico de cabecera le tiene que hacer el parte de baja (tres copias)

Aprovecha cuando estés en el INSS a preguntar dudas y/o pedir los impresos para solicitar las bajas de paternidad y maternidad. Te los puedes ir descargando de www.seg-social.es pero es complicado que intentes hacer una única visita al INSS, no te estreses y deja esta solicitud para mas alante, creo que hay 30 días.

Ayudas del Estado (2500 euros + 100 euros/mes x 36 meses). A través de Hacienda, en el número 901 200 345, tiene que llamar la madre, nos han pedido, casilla 698 de la declaración del 2008, cuenta bancaria y número de la seguridad social.

Las ayudas de 100 euros de la comunidad de Madrid las quitaron en 2009.

Para la prestación de maternidad y paternidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en mi caso, me ha hecho falta:

- DNI (originales) del padre y la madre.
- Como soy autonomo, 3 últimos recibos de haber pagado la cotización.
- Libro de Familia (original y fotocopia)
- Mi mujer es empleada por cuenta ajena, así que ha hecho falta el certificado de la empresa. Además estuvo de baja durante el embarazo, por lo que me han pedido un certificado de la Mutua.
- Certificado del descanso por maternidad del médico de cabecera.
- y por supuesto el impreso de la solicitud relleno y el modelo 145 (a mi me los dieron en la oficina del INSS)

Os seguiré contando... ya solo me queda empadronar a la niña y llevar los papeles del INSS